Recordatorio Plan de Estudio- Kinesiología y Fisiatría

Buenas tardes,

Les compartimos el plan de estudio correspondiente a la carrera de Kinesiología y Fisiatría:

Licenciatura en Kinesiología y Fisiatría- Plan de Estudios con correlatividades

El mismo está disponible en su autogestión en: Consultas Varias-> Plan de Estudio

A su vez, les recordamos información importante presente en el Reglamento de Inscripción, Enseñanza y Promoción de nuestra Universidad:

  • Todas aquellas asignaturas que fuese necesario regularizar o aprobar antes de cursar o rendir otra, se denominarán “correlativas” de ésta.
  • La correlación entre asignaturas podrá ser de distinto tipo, según fuere el grado de relación académica existente entre las mismas. Se considerarán dos tipos de correlatos académicos: a) Asignaturas Correlativas de tipo A: serán aquellas que se deberán regularizar antes de cursar las otras y que deberán ser aprobadas antes de rendir las segundas. b) Asignaturas Correlativas de tipo B: serán aquellas que, por su importancia y grado de interrelación, deberán ser aprobadas antes de cursar otras.
  • Sin perjuicio de las correlativas académicas, se aplicará en todas las Unidades Académicas el correlato por distancia o separación existente entre asignaturas de distintos cursos. Su aplicación concreta implicará como mínimo que, para cursar cualquier asignatura del 4º año de una carrera, será necesario tener aprobado el 1er. año completo de la misma; para cursar una asignatura de 5º año, se necesitará tener aprobado el 2º año completo de dicha carrera, y así sucesivamente.
  • La regularidad se extenderá hasta la novena época ordinaria de exámenes finales inclusive.
  • Los estudiantes de los dos primeros cursos de la carrera, que reprobarán por tercera vez una asignatura, la deberán cursar y regularizar nuevamente. Los estudiantes de tercer año en adelante, que por tercera vez reprobarán una asignatura, sólo podrán acceder a un nuevo examen, satisfaciendo la prueba de actualización académica. Más información en RR Nº 2682/2020 Art n° 113- II

Atentamente,